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Fiscalía con "dientes" exige
al Congreso, Zar Anticorrupción
Cuarta Plana
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Alfredo Martínez de Aguilar
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Sin legislar para incluir los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad y cohecho, en la Constitución local y la Ley de Extinción de Dominio del Estado, el combate a la corrupción emprendido en Oaxaca por Alejandro Murat Hinojosa podría fracasar rotundamente, al no poder recuperar los alrededor de 30 mil millones robados por los ex funcionarios del gobierno de Gabino Cué Montagudo.

El Zar Anticorrupción de Oaxaca está insatisfecho, a pesar de lograr en los primeros seis meses de trabajo la detención y sujeción a proceso de cuatro ex secretarios de despacho y tres ex directores generales del gobierno de Gabino Cué; tres encarcelados, Germán Tenorio de Salud, Enrique Arnaud de Finanzas. Carlos Alberto Moreno de Vialidad y Transporte, y Gerardo Cagija de Finanzas, bajo resguardo domiciliario.

Jorge Emilio Iruegas Álvarez no oculta su impotencia, toda vez que hasta ahora solo ha podido recuperar 2.5 millones de pesos de los 30 mil millones que se estima fueron saqueados durante la administración gabinista, al no poder aplicar la Ley de Extinción de Dominio, sino hasta después de la sentencia o bien, por devolver el dinero por voluntad propia del probable responsable, como ocurrió con uno de los tres ex directores detenidos.
El Informe de Resultados de la Fiscalía Anticorrupción Junio-Diciembre 2017 concluye que, sin más presupuesto, ministrado adecuada y oportunamente, y sin más recursos materiales y humanos altamente especializados en análisis financiero, contable, fiscal y de auditoría forense, la Fiscalía Anticorrupción corre el riesgo de quedar en un simple cambio de nombre sin mayor trascendencia eficaz y eficiente.
De hecho, la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción dependiente en su momento de la Fiscalía General del Estado, simplemente fue un cambio de nombre a lo que de origen era una agencia del Ministerio Público para conocer todo tipo de denuncias contra servidores públicos.

Bajo esas disposiciones legales, las denuncias en cuestión incluían anteriormente delitos relacionados con responsabilidad profesional y notarios públicos sin que, en realidad, dicha Fiscalía Especializada investigara hechos de corrupción o tuviera la fortaleza institucional para cumplir con los objetivos planteados.

Sin desaliento, menos frustración alguna, el Zar Anticorrupción de Oaxaca, Jorge Emilio Iruegas Álvarez, urge al Congreso del Estado dotarle de “dientes” para investigar y sancionar los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, abuso de autoridad y cohecho, y lograr recuperar el dinero robado, a través de la Ley de Extinción de Dominio.

En consecuencia, el Fiscal Especializado en Materia de Combate a la Corrupción del Estado demanda a los diputados de la LXIII Legislatura local perfeccionar la Ley de Extinción de Dominio, aprobada por reforma constitucional el 30 de septiembre de 2017 con la inclusión de los delitos de corrupción de funcionarios.
El pasado miércoles 10 de enero de este año, la diputada María Mercedes Rojas Saldaña, integrante de la Comisión Permanente Instructora del Juicio Político a Gabino Cué, presentó al Congreso del Estado una iniciativa de reforma al artículo 6 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para decomisar bienes a funcionarios corruptos.
Se propone que los funcionarios públicos que cometan los delitos de enriquecimiento ilícito, peculado, abuso de autoridad y cohecho tengan como sanción la pérdida de derechos de propiedad y de bienes, sin contraprestación o compensación alguna por parte del Estado.
La legisladora priista subrayó que esta reforma busca proveer de eficacia y eficiencia al Sistema Estatal de Combate a la Corrupción en general y de manera particular a la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción de Oaxaca.

Destacó que adecuar el marco constitucional local resulta trascendente, “en virtud que permitirá mayor número de expedientes, en el aseguramiento de bienes que garanticen la reparación al erario en caso de acreditarse por parte de la autoridad competente estos tipos penales y la responsabilidad derivada de una conducta delictuosa cometida por parte de los servidores públicos del estado”.

Al encontrarse asociado el decomiso con el resultado del procedimiento de culpabilidad, no permitía el aseguramiento de los bienes que tienen que ver con los diferentes ilícitos. La iniciativa propone buscar estrategias para el diseño de instrumentos normativos que robustezcan el combate a la corrupción y fomenten la rendición de cuentas.

Propuso la incorporación de diversos tipos penales como causa de pérdida de derechos de propiedad y de bienes, sin contraprestación o compensación alguna, como son: enriquecimiento ilícito, peculado, abuso de autoridad y cohecho, delitos que se encuentran contemplados en el Título Octavo del Código Penal del Estado de Oaxaca, denominado Delitos por hechos de corrupción.

La diputada priista presentó, también, la iniciativa por la que se reforma el artículo décimo de la Ley de Extinción de Dominio para el Estado de Oaxaca, a efecto de armonizar la disposición constitucional y garantizar su estricta aplicación en la ley secundaria.

A la fecha, la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado no ha sido armonizada acorde a los propósitos y estándares mínimos requeridos, ya que la misma fue publicada de manera previa a la modificación constitucional que creó la Fiscalía Especializado en Materia de Combate a la Corrupción del Estado.

En un ejercicio de crítica propositiva al Poder Legislativo, el Zar anticorrpución señala que, además, a nivel estructural y de operación no se dotó a la Fiscalía Anticorrupción de las herramientas mínimas para lograr de manera eficiente y eficaz la investigación y persecución penal de hechos de corrupción.

A ocho meses del nombramiento, por primera vez, del Fiscal Anticorrupción por el Congreso, considera necesario adecuar la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de Oaxaca, no solo para armonizar la misma a los planteamientos aludidos, sino para hacer de la Fiscalía Anticorrupción un verdadero ente con fuerza propia, imparcial, profesional, objetivo, eficaz, efectivo y eficiente.

Jorge Emilio Iruegas Álvarez resalta que una de las principales características de la Fiscalía Anticorrupción es ser ajena a toda injerencia y con blindaje contra intereses ajenos a sus objetivos; además de cumplir con los estándares requeridos por el propio Sistema Anticorrupción en nuestro país.

Urge, por tanto, someter a un proceso de reingeniería estructural a la Fiscalía Anticorrupción, a fin de consolidar la autonomía técnica, de gestión, decisión y funcional; dotándole, sobre todo, de un presupuesto propio.

Asimismo, definir con base a la especialización de la materia, qué delitos verdaderamente entrañan hechos de corrupción, y en su caso, tener la capacitad de canalizar o atraer investigaciones relacionadas con tales eventos aún y cuando se encuentren radicados en otras áreas de la Fiscalía General.

La reestructuración orgánica de la Fiscalía Especializada permitirá la reingenieria institucionalcon base en un modelo de gestión de calidad y por competencias; la autonomía técnica, de gestión, de decisión y operativapara investigar y perseguir hechos de corrupción; y la creación y fortalecimiento de un área de análisis financiero, contable, fiscal y de auditoría forense.

Acorde al marco normativo nacional y a partir del Programa Estatal de Desarrollo 2016-2022 dentro del Eje “Oaxaca Moderno y Transparente” a propuesta del Titular del Ejecutivo, instauró en su artículo 120 Constitucional el Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.

Este último materializa la coordinación interinstitucional de todos los órdenes de gobierno para la prevención, detección y sanción tanto de responsabilidades administrativas como de hechos de corrupción e identifica como eje medular para la investigación y persecución penal en la materia, a la Fiscalía Anticorrupción.

El pasado tres de mayo del presente año, se publicó en el Periódico Oficial la reforma al artículo 114 D de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca con el fin de dotar de mayor fuerza a la Fiscalía Especializada al ser el Congreso, quien a través de un proceso transparente y ciudadano, eligiera a a su titular.

Así, el nueve de junio, el Congreso nombra por primera vez al Fiscal Especializado en Materia de Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca para dirigir, coordinar y establecer las acciones necesarias que materialicen una investigación y persecución penal enfocada a hechos de corrupción de manera profesional, objetiva, imparcial, eficaz, transparente y evaluable.
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