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Juez impone resguardo domiciliario y suspensión del cargo a presidenta del IEEPCO
La decisión la tomó por el uso ilícito de atribuciones en pagos ilegales de alrededor de 19 millones de pesos.
Jaime GUERRERO | Cuarta Plana
Sábado, 27 de abril de 2024 13:14 hrs. |
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Oaxaca, Oax.- Por uso ilícito de atribuciones en pagos ilegales e irregularidades administrativas por el orden de los 19 millones de pesos, un Juez de Control le impuso suspensión del cargo y resguardo domiciliario a Elizabeth Sánchez González, consejera inhabilitada del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
En en audiencia virtual, celebrada hasta la madrugada de este sábado, Sánchez González se acogió a la ampliación del término constitucional, por tanto, el Juez de Control, señaló a las 9:30 horas del día 1 de mayo para llevarse a cabo la audiencia para resolver su situación jurídica. No obstante, el juez de control, le impuso las medidas cautelares de manera provisional previstas por las fracciones X y XIII del artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales: la suspensión del cargo y resguardo domiciliario. En una desesperada argumentación en rechazo y desacato a ese medida, Sánchez González, argumentó que ella caminaba 30 minutos todos los días y que, el próximo martes tendría una reunión con el Gobernador, Salomón Jara Cruz. Empero, el juez de control, dejó firme su resolución que, tendrá que ser acatada por Sánchez González. La consejera inhabilitada, es juzgada por las irregularidades y sentencia que determinó el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca (TJACCO) derivado de la investigación que realizó la Contraloria del IEEPCO por las presuntas irregularidades de 19 millones de pesos en las que habría incurrido Sánchez González y que le valió la primer inhabilitación. El juez de control comprobó que el expediente del caso si se le fue entregado a Sánchez González y no como ella adujo en su pronunciamiento público. Por el uso ilícito de atribuciones en pagos ilegales, trascendió al ámbito penal por la denuncia de oficio que se interpuso. El pasado jueves, Sánchez González, recibió un segundo revés: Por el presunto desvío y mala comprobación de 30 millones de pesos, la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca (TJACCO), le impuso otra inhabilitación, ahora de tres años, para ejercer cualquier empleo, cargo o comisión en el servicio público, así como para participar en procesos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas. Con base en los hechos y pruebas analizados, ese órgano jurisdiccional, concluyó que Sánchez González, como Consejera Presidenta del Consejo General y Norma Isabel Jiménez López, como titular de la Coordinación Administrativa ambas del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca; así como integrantes del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, son responsables de la falta administrativa grave prevista en el artículo 54 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, al haber autorizado recursos públicos financieros sin fundamento jurídico y en contravención a las normas aplicables. “Se acreditó la plena responsabilidad de Elizabeth Sánchez González, como Consejera Presidenta del Consejo General y Norma Isabel Jiménez López, como titular de la Coordinación Administrativa ambas del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca; así como integrantes del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en la comisión de la falta administrativa grave de desvío de recursos públicos”, establece la sentencia. De acuerdo a la sentencia, Sánchez González, al ser reincidente en incumplimiento de sus funciones, corresponde una sanción de INHABILITACIÓN TEMPORAL por el periodo de TRES AÑOS para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, de conformidad con lo previsto por el artículo, 78, fracción IV, última parte del párrafo cuarto de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. “Como ya se precisó con antelación (párrafo 65), respecto a Elizabeth Sánchez González, existe antecedente de sanción por inhabilitación por haberse acreditado que incurrió en la falta administrativa grave denominada desvío de recursos y que se le impuso sanción de inhabilitación temporal de un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas. Con relación a Norma Isabel Jiménez López, no existe antecedentes por incumplimiento de funciones, ni existe dentro del presente expediente algún documento que haga colegir que fue sancionada con anterioridad por alguna otra falta administrativa”, agrega la sentencia. La inhabilitación surtirá efectos de manera inmediata tras su notificación oficial, lo que obliga a las funcionarias a dejar sus cargos de manera inmediata. Cabe destacar que esa determinación del TJACCO, pone en impasse la determinación de Marco Antonio Vignola Conde, Juez Tercero de Distrito en el Estado de Oaxaca del Poder Judicial de la Federación (PJF), que ayer, había concedió a la consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Elizabeth Sánchez González, una suspensión provisional, para que las cosas queden en el estado que se encuentran, hasta resolver el fondo del asunto, es decir, hasta determinar si queda firme su suspensión temporal del 1 año por presuntas irregularidades administrativas. De acuerdo con los abogados de Sánchez González, esa decisión del Juzgador Federal, daba paso al retorno de la titular del OPLE, quien fue inhabilitada por el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca. Sánchez González, volvería al cargo, porque sus abogados afirmaron que le asiste la razón jurídica. No obstante, el TJACCO informó que, al momento de ser notificada de su suspensión ya no fungía en el cargo, estaba consumando el acto y por tanto, no podría volver. |
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